El Tribunal Supremo se hará cargo de toda la investigación sobre el referèndum

La Sala de Admisiones recorta el delito de rebel·lión a conspiración para la rebel·lión, con penas de prisión más bajas

Ernesto Ekaizer
3 min
El Tribunal Suprem avala l'Audiència Nacional. ACN

MadridLa investigación de todas las causas abiertas por el referéndum de independencia de Cataluña será centralizada en la Sala Segunda del Tribunal Supremo y su magistrado instructor será Pablo Llarena, que ha sido designado para instruir la causa de rebelión de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y cinco miembros de la Mesa de dicha institución. El magistrado Llarena requerirá, según ha podido saber ARA, a los tribunales de la Audiencia Nacional, que admitió ayer a trámite la querella contra el ex presidente Carles Puigdemont y 13 ex consejeros, y al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para que se inhiban.

El Supremo hará de este modo una excepción a su práctica habitual: hacerse cargo de investigar y enjuiciar a los aforados. El caso más reciente ha sido la instrucción del caso de los ERE de Andalucía: la Sala Segunda solo se hizo cargo de los aforados de la Junta de Andalucía.

El propio auto de la Sala de Admisión de la querella contra Forcadell señala que “será la instrucción la que ponga de manifiesto la procedencia o improcedencia de reclamar para esta Sala, como sugiere el Ministerio Fiscal, el conocimiento de aquellos hechos inicialmente tramitados en otros órganos jurisdiccionales, pero que presenten una naturaleza inescindible respecto de los que aquí van a ser investigados y, en su caso, enjuiciados”.

La Sala no ha querido condicionar al instructor, pero el criterio dominante es que los delitos que plantean las dos querellas no pueden ser investigados y enjuiciados como capítulos separados, independientes.

Precisamente, la existencia de una conspiración –y no tanto el delito de rebelión planteado por Maza- es lo que concitó la unanimidad tras un debate intenso sobre la rebelión entre los cinco miembros de la Sala de Admisión: Manuel Marchena, presidente y ponente; Luciano Varela; José Ramón Berdugo, Andrés Martínez Arrieta y Julián Sánchez Melgar.

Maza, recortado

El magistrado Varela cuestionó en el debate interno del pasado lunes, día 30, el delito de rebelión tal como se plantea la querella de Maza. Fuentes consultadas señalan que ante la ausencia de acuerdo Varela parecía inclinarse por presentar un voto particular, algo inédito en el auto que dicta una Sala de Admisión, que rara vez entra a calificar los tipos delictivos y los remite a la instrucción.

Este intercambio de posiciones, según esas fuentes, llevó a conseguir la unanimidad a través de un replanteamiento de la querella de Maza. El auto señala: “En la incipiente fase del proceso en el que se inserta la presente resolución, constatamos que el fiscal alude a la existencia de un delito de rebelión, con una extensa argumentación encaminada a justificar la concurrencia de violencia”. La violencia, precisamente, es requisito del delito de rebelión. Y el auto advierte: “Hemos dicho en numerosas resoluciones que el proceso penal es de cristalización progresiva. Será a lo largo de la instrucción cuando los hechos imputados, a la vista de las diligencias de investigación acordadas por el instructor, confirmen o desmientan su realidad”.

Y aquí, por así decir, entra la fórmula del recorte de las pretensiones de Maza, vertida en el debate interno de la Sala de Admisión.: “Será entonces cuando pueda precisarse –en el primero de los casos [delito de rebelión] - si esos actos son susceptibles de integrar las exigencias del tipo previsto en el art. 472 del Código Penal o, por el contrario, han de ser subsumidos en los arts. 477 [ sedición] y 17.1 [conspiración], que castigan la conspiración para la rebelión, delito en el que, por definición, los elementos del tipo proyectado no llegan a tener realidad, al no superar los conspiradores la fase propiamente preparatoria”.

La conspiración para ejecutar un delito, en este caso el de rebelión, conlleva penas notablemente inferiores a la de rebelión, que puede llegar hasta los 30 años de prisión. Al recortar el delito se hace mas difícil justificar una medida cautelar de prisión para Forcadell y los cuatro miembros de la Mesa, pero eso no quiere decidir que la fiscalia general no la pida.

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